Red de Respuestas Legales - Derecho de bienes - ¿Cómo identificar con precisión las ofertas colusorias?

¿Cómo identificar con precisión las ofertas colusorias?

El artículo 74 del "Reglamento para la Aplicación de la Ley de Contratación Pública" y el artículo 37 de las "Medidas Administrativas para la Licitación y Licitación de la Contratación Pública de Bienes y Servicios" (Orden Nº 87 del Ministerio de Hacienda) definen claramente 13 situaciones de colusión ofertas. ¿Cómo se aplican estas situaciones en la práctica?

1. Durante la apertura de ofertas, se descubrió que el sello de un documento de oferta estaba estampado con el sello oficial de otro postor. ¿Es colusión?

En una reciente reunión de apertura de ofertas en nuestro condado, se descubrió que el sello del documento de oferta de un postor estaba sellado con el sello oficial de otro postor. P: ¿Se puede considerar colusión? Respuesta: Esta situación es similar a la situación del inciso (5) del artículo 37 de las "Medidas administrativas para la licitación y licitación para la contratación pública de bienes y servicios" (Orden N° 87 del Ministerio de Finanzas), y puede considerarse colusoria. ofertas.

Base Legal

El artículo 74 del “Reglamento para el Desarrollo de la Ley de Contrataciones Públicas” se encuentra en alguna de las siguientes circunstancias, lo que constituye colusión maliciosa. De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 77 de la Ley de Contratación Pública, se investigará la responsabilidad legal del proveedor y la responsabilidad legal del comprador, la agencia de contratación y su personal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72. de la Ley de Contratación Pública:

(a) El proveedor obtiene directa o indirectamente información relevante sobre otros proveedores del comprador o agencia de contratación, y modifica sus documentos de licitación o documentos de respuesta;

(2) El proveedor compra de acuerdo con Reemplazar o modificar los documentos de licitación o los documentos de respuesta de acuerdo con las instrucciones de la persona o agencia de adquisiciones;

(3) Negociar el contenido sustantivo de los documentos de licitación o los documentos de respuesta tales como cotizaciones y planes técnicos entre proveedores;

(4) Los proveedores que pertenecen al mismo grupo, asociación, cámara de comercio y otras organizaciones participan en actividades de contratación pública de acuerdo con los requisitos organizacionales

(5) Los proveedores acuerdan de antemano que un proveedor específico ganará la licitación y concluirá la transacción.

(6) El acuerdo entre proveedores de que algunos proveedores renunciarán a participar en actividades de contratación pública o renunciarán a ganar; licitaciones y cierre de acuerdos;

(7) Entre proveedores y compradores o agencias de adquisiciones, y Otra colusión entre proveedores para buscar ofertas o acuerdos con proveedores específicos o para excluir a otros proveedores.

"Medidas para la Administración de las Licitaciones para Contrataciones Públicas de Bienes y Servicios" (Orden del Ministerio de Hacienda N° 87) Artículo 37 Si un oferente reúne alguna de las siguientes circunstancias, se considerará que tiene se confabuló en la licitación y su oferta no será válida:

(1) Los documentos de licitación de diferentes postores son preparados por la misma unidad o individuo;

(2) Diferentes postores encomiendan la la misma unidad o individuo para manejar los asuntos de licitación;

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(3) Los miembros de la gestión del proyecto o los contactos especificados en los documentos de licitación de diferentes licitadores son la misma persona;

(4) Los documentos de licitación de diferentes licitadores son anormalmente consistentes o hay diferencias en las cotizaciones de las ofertas;

(5) Los documentos de licitación de diferentes licitadores se confunden entre sí;

(6) Los depósitos de ofertas de diferentes postores se transfieren de las cuentas de la misma unidad o individuo.

2. Los códigos de máquina de los documentos de licitación de los proveedores son consistentes. ¿Se puede considerar esto colusión?

Cierto centro público * * de comercio de recursos implementa licitaciones electrónicas. En la evaluación de la oferta del proyecto XX, un elemento en el backend de evaluación de la oferta del centro comercial es la similitud de los documentos de la oferta, que se divide en tres elementos, incluido el código de máquina de los documentos de la oferta. Los códigos de máquina de ciertas dos unidades son iguales. ¿Crees que es colusión? (La premisa es que no existe tal disposición en los documentos de licitación) Respuesta: La determinación de licitación colusoria debe cumplir con las disposiciones legales. El código de máquina de los documentos de licitación es coherente. En la práctica, algunos documentos de contratación estipulan que la licitación no es válida y algunos gobiernos locales estipulan que la licitación es una licitación colusoria.

"Código de documento" se refiere al número único de su computadora. Es un código de identificación único generado en función de la información del software y del hardware instalado por el software cuando el usuario registra el software. Generalmente se denomina código de máquina. Por ejemplo, la dirección MAC, que es el código de la tarjeta de red producida por el fabricante, es única para cada computadora. Los códigos de máquina de diferentes documentos de licitación son consistentes, lo que significa que estos documentos de licitación se generan en la misma computadora. Esta situación es similar al artículo 37 de las "Medidas para la Administración de las Licitaciones y Licitaciones para la Contratación Pública de Bienes y Servicios" (Orden No. 87 del Ministerio de Hacienda) "Si los documentos de licitación de diferentes licitadores son preparados por el mismo unidad o individuo, se podrá considerar como licitación colusoria". Por lo tanto, si los códigos de máquina para la producción de documentos son consistentes, se debe considerar que el proveedor se confabuló en la licitación.

3. Varios proveedores están a cargo de diferentes proveedores, pero en realidad todos están controlados por la misma persona. ¿Constituye esto colusión?

Una persona tiene varias empresas, con diferentes personas actuando como representantes legales, pero una persona es el jefe y no existe ninguna conexión sobre el papel. Sin embargo, al realizar una licitación, suele ser el personal de la empresa A el que firma los contratos en nombre de la empresa B, el personal de la empresa B el que firma los contratos en nombre de la empresa C y el personal de la empresa C los contactos de la empresa A. de modo que se cruzan entre sí, pero el personal de la misma empresa no se utiliza en el mismo proyecto. ¿Se puede denunciar esta situación ante la Brigada de Investigaciones Económicas?

Respuesta: Si la situación anterior es cierta y estas empresas participan al mismo tiempo en el concurso o licitación de una determinada contratación pública o proyecto de licitación, se encuentra bajo el artículo 74, inciso 7 de la Ley de “Contratación Pública”. Reglamento de Implementación de la Ley" "Otros comportamientos colusorios entre proveedores y compradores o agencias de adquisiciones, o entre proveedores con el fin de buscar que un proveedor específico gane una licitación, cierre un trato o excluya a otros proveedores". Puede obtener pruebas relevantes (como "el personal de la empresa A firmó el contrato en nombre de la empresa B", etc.) e informarlo al departamento de supervisión de adquisiciones del gobierno local.

4. ¿Constituye colusión la oferta del mismo vehículo por parte de representantes de cuatro proveedores?

Respuesta: No existe base legal para que esta situación pueda considerarse colusión. Sin embargo, la posibilidad de una oferta colusoria es muy alta en este caso, por lo que al evaluar las ofertas, se debe prestar atención a si estos proveedores están coludiendo en la oferta.

5. La mayoría de los planes en los documentos de licitación de las dos empresas son los mismos. ¿Se puede considerar colusión?

No. Esto es sólo una pista. La colusión de los dos postores depende de las circunstancias específicas del caso. En la práctica, hay tres posibilidades: (1) El contenido del documento de licitación determina el plan de diseño de gestión. Hay plantillas o muestras ya preparadas disponibles para descargar en línea. Las dos empresas simplemente seleccionaron la misma plantilla o muestra y prepararon su oferta. documentos sobre esta base; (2) Las dos empresas han participado previamente en la licitación de un determinado proyecto en forma de consorcio, y los documentos de licitación se prepararon sobre la base de los documentos de licitación anteriores; atendieron al mismo comprador, y el comprador estaba trabajando con Ellos utilizaron la misma plantilla al firmar los anexos técnicos del contrato, y también utilizaron los anexos técnicos anteriores para preparar sus documentos de licitación en esta licitación.

Debido a las severas sanciones por ofertas colusorias, una vez identificados, los proveedores inevitablemente harán todo lo posible para contraatacar mediante interrogatorios, quejas, reconsideración administrativa, etc. Por lo tanto, en la práctica, la mayoría de ellos utilizan métodos circunstanciales para recordarles. Retirar los documentos de licitación.

6. Ambos postores pagan la seguridad social por cuenta de otro postor, ¿constituye esto colusión?

Respuesta: Se debe reconocer la colusión en las ofertas. Los representantes autorizados de la Empresa A y los representantes autorizados de la Empresa B son empleados de la Empresa C en términos de pago de seguridad social, y un empleado de la empresa participa en la licitación bajo el mismo contrato que el representante autorizado de las tres empresas, que es en cumplimiento de las "Medidas para la Administración de las Licitaciones para la Contratación Pública de Bienes y Servicios" (según el segundo párrafo del artículo 37 de la Orden del Ministerio de Hacienda N° 87), "diferentes postores encomiendan a la misma unidad o individuo la gestión la licitación importa", por lo que se puede determinar que los proveedores se confabulan en la licitación. Desde la perspectiva de las responsabilidades de gestión interna de la empresa, las tres empresas deberían asumir la responsabilidad de las "ofertas en colusión".

7. Si las cotizaciones de los cuatro proveedores son iguales o aumentan o disminuyen periódicamente, ¿se puede considerar esto colusión?

Respuesta: Si las cotizaciones artículo por artículo de los cuatro postores son completamente consistentes, o presentan diferencias iguales o progresiones geométricas, de acuerdo a las “Medidas para la Administración de las Licitaciones para las Contrataciones Públicas de Bienes y Servicios " (Orden del Ministerio de Hacienda nº 87) Según lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 34, se puede determinar directamente que estos cuatro postores se han coludido entre sí en la licitación.

8. Los representantes legales de los dos proveedores licitadores son hermanos y hermanas. ¿Se puede considerar colusión?

Respuesta: “Los representantes legales de dos proveedores licitadores son hermanos” no constituye situaciones de licitación colusoria previstas por la ley. Si existe alguna situación de licitación colusoria prevista por la ley, se puede considerar como licitación colusoria.

9. Los representantes legales y agentes de los dos proveedores tienen una relación de padre e hija.

Respuesta: No existe base legal para que esta relación sea considerada licitación colusoria. Sin embargo, al evaluar las ofertas, preste atención a los documentos de licitación de los dos proveedores, ya que puede haber indicios de una oferta colusoria.

10. Las cartas de garantía de oferta de más de una docena de postores son todas emitidas por el mismo banco.

Respuesta: Si solo lo emite el mismo banco, esto por sí solo no puede considerarse colusión.

11. El contenido de las dos cartas de consulta es casi idéntico. ¿Existe alguna sospecha de colusión?

Para el mismo proyecto, si el contenido de las cartas de impugnación presentadas por dos postores es casi idéntico y la tasa de duplicación supera el 90%, ¿existe sospecha de colusión en la licitación y cómo abordarla?

Respuesta: Esta situación no se enmarca dentro de la “colusión maliciosa” o “colusión” estipulada en el “Reglamento para la Aplicación de la Ley de Contrataciones Públicas” y las “Medidas Administrativas para la Licitación y Licitación de Contrataciones Públicas”. de Bienes y Servicios" (Orden del Ministerio de Hacienda N° 87). Licitación", por lo que no puede considerarse colusión maliciosa o colusión en la licitación. La carta de consulta es una forma para que los proveedores protejan sus derechos, no un acto de licitación. Cartas de consulta similares no significan que los documentos de licitación sean idénticos y la ley no prohíbe cuestionarlos juntos. No existe una lógica necesaria y concluyente para confirmar la colusión por la similitud de las cartas de impugnación.

12. Si un empleado de un proveedor que gana la licitación también es confiado por otro proveedor para licitar, ¿se considera esto colusión en la licitación?

Durante el proceso de contratación pública, el denunciante se quejó de un empleado del primer proveedor ganador, que también era jefe de sucursal del primer proveedor ganador. ¿Qué debo hacer si otro proveedor me confía la licitación para el mismo proyecto?

Respuesta: Si se determina que otro proveedor encomienda a un postor participar en la licitación del mismo proyecto, se puede considerar una licitación colusoria y la oferta será inválida.

13. ¿Cómo identificar la “colusión de ofertas” en métodos de contratación no licitatorios?

Respuesta: El artículo 37 de las “Medidas Administrativas para la Licitación y Licitación de Compras Públicas de Bienes y Servicios” (Orden del Ministerio de Hacienda N° 87) se considera un caso de licitación colusoria. No se aplica a las contrataciones no licitadas. Si existe colusión maliciosa entre proveedores en las contrataciones no licitadas, se aplicará lo dispuesto en el artículo 74 del "Reglamento para el Desarrollo de la Ley de Contrataciones Públicas".

14. ¿Cómo lidiar con las grabaciones proporcionadas por los postores que cuestionan la colusión del postor ganador?

Respuesta: El comprador y el agente de compras deben recibir la carta de consulta enviada dentro del plazo de consulta legal y dar una respuesta por escrito dentro del plazo de validez. Al mismo tiempo, se informaron al departamento financiero pistas ilegales sobre grabaciones telefónicas y otros casos.

En caso de colusión entre proveedores ganadores de la licitación, el comprador y la agencia de adquisiciones, después de recibir la carta de impugnación del proveedor, sugieren que la adquisición de bienes y servicios debe realizarse de conformidad con el artículo 73 de el "Reglamento de Implementación de la Ley de Contratación Pública" y el "Contratación Pública de Bienes y el Artículo 37 de las Medidas para la Administración de las Licitaciones de Servicios (Orden N° 87 del Ministerio de Hacienda), organizan el comité de evaluación de ofertas originales para examinar las pruebas proporcionados por el proveedor cuestionado y los documentos de licitación sospechosos de colusión, e informar el avance y los resultados del trabajo al proveedor cuestionado y supervisar los informes de gestión. Si el proveedor cuestionado continúa quejándose ante el departamento de supervisión y gestión después de recibir una respuesta del comprador y la agencia de adquisiciones, el comprador y la agencia de adquisiciones pueden cooperar activamente para evitar sanciones administrativas por parte del departamento de supervisión y gestión.

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