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Información de contratación de Tianjin Xingang Education Consulting Co., Ltd., ¿qué tal Tianjin Xingang Education Consulting Co., Ltd.?

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Perfil de la empresa:

Tianjin Xingang Education Consulting Co., Ltd. se estableció el 20 de julio de 2017, con un capital registrado de 500.000 yuanes y el representante legal es Zhao Pei. La dirección de la empresa es Huaying Building, Central Avenue, Tianjin Pilot Free Trade Zone (Zona Económica del Aeropuerto) - 1165438. El código unificado de crédito social y el número fiscal es 91120118ma 05 tqkaxh, la industria es la consultoría social y económica, la autoridad de registro es la Oficina de Supervisión del Mercado de la Zona Franca Municipal y el ámbito comercial es la consultoría de información educativa; ; diseño y producción gráficos (de acuerdo con la ley. Las actividades comerciales que requieren aprobación solo pueden llevarse a cabo después de la aprobación de los departamentos pertinentes). El número de registro industrial y comercial de Tianjin Xingang Education Consulting Co., Ltd. es 120118000281463.

上篇: ¿Qué sistema implementa el país para los organismos agrícolas genéticamente modificados? Comunicado legal: Fecha de promulgación: 2010-2-25 Decreto del Consejo de Estado de la República Popular China (Nº 304) "Reglamento sobre la gestión de seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados" fue adoptado en Se promulga la 38ª Reunión Ejecutiva del Consejo de Estado el 9 de mayo de 2006 y entrará en vigor en la fecha de promulgación. Capítulo 1, Disposiciones generales, Artículo 1 del Reglamento sobre la gestión de la seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados promulgado por el Primer Ministro el 23 de mayo de 2001, con el fin de fortalecer la gestión de la seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados, proteger la salud humana y la seguridad. de animales, plantas y microorganismos, proteger el medio ambiente ecológico y promover la investigación de biotecnología agrícola genéticamente modificada, formulación del presente reglamento. Artículo 2 Quienes se dediquen a la investigación, pruebas, producción, procesamiento, comercio, importación y exportación de organismos agrícolas genéticamente modificados dentro del territorio de la República Popular China deben cumplir con este Reglamento. Artículo 3 El término "organismos agrícolas genéticamente modificados", tal como se menciona en este Reglamento, se refiere a animales, plantas, microorganismos y sus productos que utilizan tecnología de ingeniería genética para la producción agrícola o el procesamiento de productos agrícolas, incluyendo principalmente: (1) Animales y plantas genéticamente modificados ( incluyendo semillas, ganado y aves de corral, semillas acuáticas) y microorganismos (2) productos de animales, plantas y microorganismos modificados genéticamente; productos de procesamiento directo de productos agrícolas modificados genéticamente (4) semillas, ganado y aves de corral, semillas acuáticas, pesticidas que contienen animales, plantas, microorganismos genéticamente modificados o sus componentes, medicamentos veterinarios, fertilizantes, aditivos y otros productos. El término “seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados”, tal como se menciona en este Reglamento, se refiere a la prevención de los peligros o riesgos potenciales causados ​​por los organismos agrícolas genéticamente modificados para los seres humanos, los animales, las plantas, los microorganismos y el medio ambiente ecológico. Artículo 4 El departamento administrativo agrícola del Consejo de Estado es responsable de la supervisión y gestión de la seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados en todo el país. Los departamentos administrativos agrícolas de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión de la seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados dentro de sus respectivas regiones administrativas. Los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión de la salud y la seguridad de los alimentos genéticamente modificados de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Higiene de los Alimentos de la República Popular China. Artículo 5 El Consejo de Estado establecerá un sistema de conferencias conjuntas interministeriales para la gestión de la seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados. La reunión conjunta interministerial sobre la gestión de la seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados está compuesta por jefes de departamentos relevantes como agricultura, ciencia y tecnología, protección ambiental, salud, comercio exterior, inspección y cuarentena, y es responsable de estudiar y coordinar las principales Cuestiones relativas a la gestión de la seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados. Artículo 6 El Estado implementa un sistema jerárquico de gestión y evaluación de la seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados. Los organismos agrícolas genéticamente modificados se dividen en cuatro niveles: ⅰ, ⅱ, ⅲ y ⅳ según su riesgo para los humanos, los animales, las plantas, los microorganismos y el medio ambiente ecológico. Las normas de clasificación específicas serán formuladas por el departamento administrativo agrícola del Consejo de Estado. Artículo 7 El Estado establece un sistema de evaluación de la seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados. Las normas y especificaciones técnicas para la evaluación de la seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados serán formuladas por el departamento administrativo agrícola del Consejo de Estado. Artículo 8 El Estado implementa un sistema de etiquetado para organismos agrícolas genéticamente modificados. El catálogo de organismos agrícolas genéticamente modificados sujetos a gestión de etiquetado será formulado, ajustado y publicado por el departamento administrativo agrícola del Consejo de Estado en consulta con los departamentos pertinentes del Consejo de Estado. Capítulo 2 Investigación y Experimentación Artículo 9 El departamento administrativo agrícola dependiente del Consejo de Estado fortalecerá la gestión de la evaluación de seguridad de la investigación y experimentos con organismos agrícolas genéticamente modificados y establecerá un comité de seguridad de organismos agrícolas genéticamente modificados que será responsable de la evaluación de seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados. organismos modificados. El Comité de Seguridad de los Organismos Agrícolas Modificados Genéticamente está compuesto por expertos dedicados a la investigación, producción, procesamiento, inspección y cuarentena, salud y protección ambiental de los organismos agrícolas genéticamente modificados. Artículo 10 El departamento administrativo agrícola del Consejo de Estado podrá, basándose en las necesidades de evaluación de seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados, confiar a una institución de pruebas técnicas las condiciones y capacidades de prueba para realizar pruebas de organismos agrícolas genéticamente modificados. Artículo 11 Las unidades dedicadas a investigaciones y experimentos con organismos agrícolas genéticamente modificados deberán contar con instalaciones y medidas de seguridad proporcionales al nivel de seguridad para garantizar la seguridad de las investigaciones y experimentos con organismos agrícolas genéticamente modificados, y establecer un grupo de seguridad de organismos agrícolas genéticamente modificados que será responsable para los organismos agrícolas genéticamente modificados de la unidad. Seguridad en investigaciones y experimentos biológicos. Artículo 12 Quienes participen en investigaciones sobre organismos agrícolas genéticamente modificados de Categoría III y IV deben declarar al departamento administrativo agrícola del Consejo de Estado antes de comenzar la investigación. Artículo 13 Los organismos agrícolas genéticamente modificados generalmente deben pasar por tres etapas: pruebas intermedias, liberación ambiental y pruebas productivas. Las pruebas piloto se refieren a pruebas a pequeña escala realizadas bajo sistemas controlados o condiciones controladas. La liberación al medio ambiente se refiere a pruebas a mediana escala realizadas en condiciones naturales con las correspondientes medidas de seguridad. Las pruebas de producción se refieren a pruebas a gran escala realizadas antes de la producción y aplicación. Artículo 14 Si es necesario transferir organismos agrícolas genéticamente modificados a pruebas intermedias después de una investigación de laboratorio, la unidad de pruebas informará al departamento administrativo agrícola del Consejo de Estado. Artículo 15 Si es necesario transferir organismos agrícolas genéticamente modificados de la etapa experimental anterior a la siguiente etapa experimental, la unidad experimental deberá presentar una solicitud al departamento administrativo agrícola del Consejo de Estado si pasa la evaluación de seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados; Comité de Seguridad del Organismo, será aprobado por el departamento administrativo agrícola del Consejo de Estado y pasará a la siguiente etapa experimental. Al presentar la solicitud conforme al párrafo anterior, la unidad experimental deberá proporcionar los siguientes materiales: (1) El nivel de seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados y la base para determinar el nivel de seguridad (2) El informe de prueba emitido por los organismos agrícolas genéticamente modificados; agencia de pruebas de tecnología del organismo; (3) La información de seguridad correspondiente Gestión y medidas preventivas (4) Informe de prueba de la etapa de prueba anterior; Artículo 16 Las unidades dedicadas a experimentos con organismos agrícolas genéticamente modificados podrán solicitar al departamento administrativo agrícola del Consejo de Estado obtener un certificado de seguridad de organismos agrícolas genéticamente modificados después de la finalización de los experimentos productivos. Al presentar la solicitud conforme al párrafo anterior, la unidad experimental deberá proporcionar los siguientes materiales: (1) El nivel de seguridad de los organismos agrícolas genéticamente modificados y la base para determinar el nivel de seguridad (2) El informe de prueba emitido por los organismos agrícolas genéticamente modificados; agencia de pruebas de tecnología de organismos; (3) Informe resumido de pruebas productivas (4) Otros materiales especificados por el departamento administrativo agrícola del Consejo de Estado. 下篇: ¿Cuáles son los contenidos de Dalian Golden Lily Classic Spa?