Las regulaciones nacionales entran en conflicto con las regulaciones locales.
Artículo 87 de la Ley Legislativa La Constitución tiene el máximo efecto jurídico. Todas las leyes, reglamentos administrativos, reglamentos locales, reglamentos autónomos y reglamentos y normas particulares no deben entrar en conflicto con la Constitución. El efecto jurídico del artículo 88 de la Ley de Legislación es superior al de los reglamentos administrativos, los reglamentos y las normas locales. Las regulaciones administrativas son más efectivas que las regulaciones y reglas locales. Artículo 89 de la Ley de Legislación: Las regulaciones locales son más efectivas que las regulaciones del gobierno local en el mismo nivel o en niveles inferiores. Las regulaciones formuladas por los gobiernos populares de las provincias y regiones autónomas son más efectivas que las regulaciones formuladas por los gobiernos populares de las ciudades divididas en distritos y prefecturas autónomas dentro de sus propias regiones administrativas. Artículo 90 de la Ley Legislativa Cuando las leyes, reglamentos administrativos y reglamentos locales sean modificados por reglamentos autónomos y reglamentos particulares de conformidad con la ley, se aplicarán en esta región autónoma las disposiciones de los reglamentos autónomos y reglamentos particulares. Si las leyes, reglamentos administrativos y reglamentos locales se revisan de acuerdo con la autorización, se aplicarán las disposiciones de las leyes y reglamentos en esta zona económica especial.