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El Estado implementa la creación de empleo en las instituciones públicas.

Análisis jurídico: Las "Medidas de prueba para la gestión de la creación de puestos en las instituciones públicas" estipulan que los puestos profesionales y técnicos se dividen en 13 niveles, a saber, puestos superiores, puestos intermedios y puestos subalternos. Los puestos senior van del nivel 1 al nivel 7***; los puestos intermedios tienen tres niveles del nivel 8 al 10; los puestos junior tienen tres niveles del 11 al 13***. Según las opiniones de implementación, los puestos profesionales y técnicos superiores incluyen los niveles uno a cuatro, y los puestos superiores adjuntos incluyen los niveles cinco a siete.

Si los puestos profesionales y técnicos superiores no se dividen en puestos superiores adjuntos, las regulaciones pertinentes sobre los puestos profesionales y técnicos actuales se implementarán temporalmente y se estudiarán y formularán medidas de reforma específicas por separado junto con la profundización de la reforma. del sistema de títulos profesionales.

Base jurídica: “Medidas de Prueba para la Gestión de la Fijación de Puestos en Instituciones Públicas”

Artículo 4: Las instituciones públicas establecerán puestos de acuerdo con los principios de racionalidad científica, sencillez y eficiencia y respetar el principio de creación de puestos según las necesidades y la competencia. Incorporación, dotación de personal por puestos y gestión de contratos.

Artículo 5: El Estado implementará el macrocontrol, la orientación clasificada y la gestión jerárquica de la creación de empleo en las instituciones públicas.

El Estado determina las categorías generales de puestos y niveles de las instituciones públicas con base en sus funciones, especificaciones, escala y afiliaciones, y controla el número total de puestos, proporciones estructurales y niveles más altos.

Artículo 6 El departamento administrativo de personal del gobierno es el departamento de gestión integral para la gestión de la creación de empleo en las instituciones públicas y es responsable de la orientación política, el macrocontrol y la supervisión y gestión de la creación de empleo en las instituciones públicas. . Los departamentos competentes de las instituciones públicas son responsables de la orientación laboral, organización, implementación, supervisión y gestión del establecimiento de empleo de sus instituciones públicas afiliadas.

El Ministerio de Personal, junto con las autoridades industriales pertinentes, formulará orientaciones sobre la gestión de la creación de empleo en industrias e instituciones públicas.

Artículo 7 Las instituciones públicas establecerán de forma independiente puestos específicos basándose en las políticas y regulaciones de establecimiento de puestos y el número total aprobado de puestos, proporciones estructurales y niveles más altos.