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¿Puedo recibir pagos en mi nombre?

Análisis Legal: Sí. Si un trabajador no puede recibir su salario por cualquier motivo, sus familiares u otras personas pueden encomendarle el cobro de su salario.

Base jurídica: El artículo 6 de las "Disposiciones provisionales sobre el pago de salarios" estipula que el empleador pagará los salarios a los propios trabajadores. Si un trabajador no puede recibir su salario por cualquier motivo, sus familiares u otras personas pueden encomendarle el cobro de su salario. El empleador puede confiar el pago de los salarios al banco. El empleador deberá registrar por escrito el monto, hora, nombre y firma del salario recibido por el empleado, y conservarlo por más de dos años para referencia futura. Al pagar los salarios, el empleador deberá proporcionar al trabajador su lista personal de salarios.