Red de Respuestas Legales - Consulta de información - La relación entre el derecho civil y el derecho civil

La relación entre el derecho civil y el derecho civil

El derecho civil es la ley que regula las relaciones entre ciudadanos romanos, es decir, sujetos iguales, y es el antepasado del derecho civil moderno.

El "Derecho de Gentes" ajustó las relaciones jurídicas de los "extranjeros" incluidos egipcios, galos, etc. La principal diferencia entre los dos es el rango de ajuste.

Sobre el significado y relación entre “derecho natural” y “derecho civil” en la antigua Roma

El concepto de “derecho” tiene diferentes significados en distintos tiempos y espacios partiendo de un; Antecedentes históricos específicos. Comprender el concepto de "derecho" en condiciones de tiempo y espacio específicas es un requisito básico para la investigación académica. Este artículo intenta partir de la tradición de visiones dualistas en la historia jurídica occidental, explorar los diferentes significados de "ley natural", "derecho civil" y "derecho civil" en el derecho romano antiguo, aclarar las diferencias entre ellos y tratar de proporcionar algunas posibles explicaciones.

1. La herencia de Cicerón del pensamiento de la ley natural griega antigua

Fue Heráclito (alrededor del siglo V) quien propuso por primera vez el término “ley natural”. Creía que todas las leyes humanas se nutrían de la ley divina. La teoría del derecho natural se originó a partir de este y ha pasado por tres períodos principales: Grecia, Roma, la Edad Media y el clasicismo moderno. El profesor Kaufman cree que en estos tres períodos el derecho natural tiene tres características básicas. Primero, la ley natural es inmutable y universal, aplicable a todos los tiempos y a todas las personas; segundo, con la ayuda de la razón, las leyes naturales son cognoscibles; tercero, la ley natural no es sólo la norma del derecho positivo, sino también cuando este último es inconsistente; con ella Cuando sea contraria, la ley natural la sustituirá. [1] Por supuesto, estas tres características no son consistentes en la misma medida con la historia del derecho natural, y estas características se manifiestan en diferentes etapas.

Después de Platón (427-347 a. C.) y Aristóteles (384-322 a. C.), la filosofía estoica finalmente completó la configuración del concepto de "ley natural". La filosofía estoica toma la "naturaleza" como núcleo, enfatizando que la naturaleza es el principio dominante y su esencia tiene un carácter racional. Por tanto, las leyes de la naturaleza son las leyes de la razón, que el hombre puede reconocer. La ley natural también es universal y se aplica a todas las personas. Esta característica corresponde al ideal último de los filósofos estoicos: que las personas vivan igualmente como ciudadanos del mundo en un Estado mundial.

A medida que Grecia declinaba gradualmente debido al consumo de la guerra civil y la invasión de enemigos extranjeros, los pragmáticos romanos contribuyeron al ascenso de Roma con su sangre y sudor. Se puede decir que Cicerón (106-43 a. C.) fue el creador de los romanos, y fue él quien inyectó el espíritu del derecho natural de la antigua Grecia en la jurisprudencia romana que casi no tenía sentimiento filosófico. En su obra maestra "El Estado", Cicerón expresó claramente su pensamiento sobre el derecho natural:

La ley real es la razón correcta (naturaleza) que se ajusta a la naturaleza, es universalmente aplicable e inmutable y eterna; por sus mandamientos, y evita hacer el mal por sus prohibiciones. Además, no impone de manera ineficaz sus directivas o prohibiciones a las personas buenas, aunque no tiene ningún efecto sobre las personas malas. Es pecado intentar cambiar esta ley, no está permitido intentar derogar ninguna parte de ella, ni es posible derogarla por completo. No estamos exentos de sus obligaciones por las decisiones del Senado y del Congreso de los Diputados del Pueblo, ni necesitamos buscar fuera de nosotros mismos a sus intérpretes o traductores. No hubo leyes diferentes en Roma y en Atenas, ni hay leyes diferentes ahora ni en el futuro, sino una ley eterna e inmutable, que es válida para todos los pueblos y para todas las épocas, no hay más que un amo o gobernante para nosotros; todo. Este es Dios, porque Él es el Creador, Proclamador y Ejecutor de esta ley. Quien desobedece, se evade o niega su propia naturaleza será severamente castigado según los hechos, aunque escape al castigo que piensa la gente corriente. [2]

Se puede observar que Cicerón heredó la ley natural pensando en la antigua Grecia y confirmó la autoridad de Dios como creador de la ley natural. En él se transmitieron la universalidad del derecho natural y las características del derecho superior. No sólo eso, Cicerón también creó el concepto de derecho público entre las naciones en un sentido teórico. [3] Dijo... Entonces nuestros antepasados ​​creían que hay una diferencia entre el derecho de gentes y el derecho de gentes: el derecho de gentes no puede ser el derecho de gentes al mismo tiempo, pero el derecho de gentes debe ser el derecho de gentes al mismo tiempo. "[4] Esta discusión clásica no sólo determina indirectamente la extensión del derecho civil y el derecho civil, sino que también sienta una base teórica para aclarar la relación entre los dos a continuación. No es exagerado decir que los juristas romanos posteriores discutieron principalmente este tema en torno a

En segundo lugar, la dicotomía de Cayo y su pensamiento teórico

Cayo (aproximadamente 130-180) fue uno de los cinco grandes juristas de la antigua Roma 1. Discutió la relación entre el derecho civil. y la ley civil así:

Por un lado, cada nación usa sus propias leyes de acuerdo con sus leyes y costumbres; por otro lado, usamos el mismo método para todos. Cada nación crea sus propias leyes. y la ley de la ciudad-estado es este tipo de ley, que se llama "ley civil". Se puede decir que es su propia ley creada por la razón natural entre todas las personas y que todos la obedecen por igual. de todos los pueblos" se puede decir que es la ley aplicable a todas las nacionalidades [5]

En el año 242 a. C. apareció en Roma el primer magistrado extranjero, cuya principal responsabilidad era juzgar a los romanos y a los extranjeros. Los casos entre extranjeros El derecho civil anticuado y rígido de aquella época estaba lejos de satisfacer las exigencias del Imperio Romano en expansión a la hora de resolver la situación jurídica de los extranjeros en Roma.

Por lo tanto, los jueces extranjeros manejaban las disputas de acuerdo con los principios generales del derecho natural, que gradualmente se convirtieron en un sistema de reglas que reflejaban los sistemas legales de Roma y los países extranjeros con los que interactuaba. Los juristas romanos lo llamaron derecho de gentes. Este es el segundo significado del derecho público de todas las naciones: el derecho extranjero en el nivel práctico las generaciones posteriores lo llaman derecho público de todas las naciones, y generalmente se usa en este sentido. [6]

Entonces, ¿en qué sentido usa Cayo el término "derecho civil"? Ésta es una cuestión en la que vale la pena pensar. Desde una perspectiva temporal, es imposible que Cayo no se vea afectado por el sistema de leyes del universo. Parecía estar describiendo un sistema establecido. Pero si analizamos únicamente desde el significado textual de la discusión de Cayo antes citada, parece estar reformulando la proposición de Cicerón.

Los estudiosos posteriores también tuvieron diferentes interpretaciones sobre este tema. Según Maine, primero existió un sistema específico de derecho de las naciones, y luego los antiguos juristas romanos conectaron el sistema de derechos de las naciones con el derecho natural a través de la equidad y le dieron significado teórico. [7] Kelly también tiene una opinión similar. Incluso rastreó el origen de esta práctica hasta Cicerón, señalando su positivismo, y creía que el concepto práctico de "naturaleza" utilizado por Cicerón fue desarrollado en gran medida por los juristas romanos en generaciones posteriores y, en última instancia, enriqueció el sistema de derecho civil; El concepto de derecho público en un sentido teórico no es más que el "halo ilusorio de la investigación comparada" puesto por Cayo, y los juristas accidentalmente le dotaron de significado filosófico. [8]

Sin embargo, no es difícil encontrar algunas fallas en la discusión de Mayne y Kelly. Ninguno de ellos distingue claramente entre los dos significados del derecho de gentes, lo cual es su premisa epistemológica errónea. Mayne dijo: "El llamado 'derecho natural' es sólo 'derecho civil' o 'derecho internacional' desde un punto de vista teórico especial... La diferencia entre ellos es enteramente histórica y, en esencia, no puede haber ninguna. diferencia entre ellos.”[9] No es difícil ver que Maine todavía no distinguió entre los dos tipos de derecho civil, sino que usó la palabra “teoría especial” con una semántica vaga para describir la relación ambigua entre el derecho natural y el derecho civil. . [10] El error de Kelly fue exactamente el mismo. Señaló correctamente los aspectos del desarrollo del derecho de gentes por parte de los juristas romanos, pero como ignoró el significado teórico del derecho de gentes, llegó a la conclusión de que "la esclavitud es la única excepción del derecho natural que no puede situarse o clasificado como derecho de gentes." Esto demuestra que parece correcto, pero en realidad no comprende completamente el derecho de todos los pueblos. [11]

Por el contrario, las opiniones del profesor Nicholas nos dan una visión refrescante sobre este tema. Cree que: En la división de Cayo, el derecho de gentes es sinónimo de derecho natural, que es el significado teórico de derecho de gentes no es más que derecho natural enfatizando que el derecho se origina a partir de principios naturales, mientras que el derecho público de gentes enfatiza el derecho de gentes; aplicación universal de la ley. [12] Por supuesto, Nicolás no ignoró la existencia del derecho público entre las naciones. Discutió la relación entre los dos significados de la ley universal: "No sabemos cómo el término 'ley universal' (que se refiere a la ley universal en un sentido teórico - cita) se aplica a este conjunto de leyes (que se refiere a la ley universal en un sentido sentido práctico - - cita), ni sabemos qué influencia tuvieron los conceptos filosóficos relacionados en su desarrollo. De lo que podemos estar seguros es que en la época de Cayo, la palabra, como se mencionó anteriormente, tenía significados tanto filosóficos como teóricos. y en ambos sentidos, cubre la mayoría de las leyes excepto el derecho personal y el derecho sucesorio”.[13]

Por lo tanto, el autor cree que el sistema de derecho civil existente es definitivamente importante, pero esto no es así. Significa que Cayo no pudo desempeñar un papel teórico a este respecto, y mucho menos el trabajo pionero de Cicerón. En cuanto a si realmente se pueden analizar en detalle los dos tipos de derecho nacional, tal vez como dijo Nicolás: "Los romanos nunca hicieron una distinción tan clara entre el derecho positivo (es decir, el desarrollo de aplicaciones prácticas) y el derecho que debería promulgarse ." [14 ] o discutir este tema con más detalle, sólo podemos tener una comprensión más clara comparando la declaración de Urbian.

3. El método de división de Urbian y sus disputas.

Ulbiano (alrededor de 170-228) fue uno de los cinco grandes juristas de la antigua Roma. A diferencia de sus predecesores, Uzbekistán dio una definición de ley natural que difiere de la teoría general:

Las leyes de la naturaleza son las leyes que la naturaleza enseña a todos los animales. En otras palabras, esta ley no es exclusiva de ellos. Más bien, lo poseen los animales que viven en la tierra y el mar, incluidas las aves. Esto conduce a la unión de un hombre y una mujer y al nacimiento y reproducción de hijos, a lo que llamamos matrimonio. Podemos ver que otros animales, incluidos los animales salvajes, también están versados ​​en este patrón. [15]

En su opinión, hay una diferencia entre las leyes de todas las cosas y las leyes de la naturaleza, porque las leyes de la naturaleza son las mismas para todos los animales, y las leyes de todas las cosas son sólo leyes humanas. [16] Esta división de Ulpiano abrió el futuro debate sobre la clasificación jurídica en el derecho privado romano, es decir, la llamada disputa entre la dicotomía de Cayo y la tricotomía de Ulpiano. Un dicho común es que Ulpiano distinguía entre derecho natural y derecho civil porque la esclavitud que era negada por el primero era tolerada por el segundo, por lo que la dicotomía es diferente de la tricotomía; [17] Durante mucho tiempo, cuando los académicos chinos hablaban sobre este tema, utilizaban principalmente palabras introductorias para discutir el asunto y rara vez llevaban a cabo discusiones académicas. Aquí el autor intenta hablar de sus propios puntos de vista.

En primer lugar, debe quedar claro que el concepto de "ley natural" de Cayo es completamente diferente del concepto de "ley natural" de Ulpiano. El concepto de "ley natural" de Ulpiano es diferente de la teoría general y ha sido reconocido durante mucho tiempo en los círculos académicos.

A este respecto Bodenheimer dijo una vez citando a Ernst Levy: "Tal isomorfismo jurídico consistente en cualquier animal era inaudito no sólo para Cicerón y los estoicos, sino también para los eruditos modernos".[18]

En segundo lugar, necesitamos discutir más a fondo la relación entre los dos significados del derecho de gentes. Sabemos que el derecho internacional en un sentido teórico, al igual que el derecho natural, tiene una fuerte universalidad. Para los gobernantes romanos que creían en la filosofía estoica, esta característica se adaptaba a su deseo de establecer un estado mundial. En el proceso de desarrollo del derecho público como sistema jurídico, el derecho público ha proporcionado una bandera filosófica para los jueces de asuntos exteriores en teoría, lo que ha permitido que el alcance de la aplicación jurídica del derecho público en la práctica siga ampliándose. A este respecto, el famoso estudioso del derecho natural Dentlev hizo una evaluación muy perspicaz: "Para ellos, el derecho natural no es un conjunto completo de normas prefabricadas, sino un medio de interpretación. En la adaptación del derecho humano al objetivo cambiante en el En el proceso de cambiar la situación, el derecho natural y el derecho internacional han jugado juntos un papel decisivo en la mejora del sistema jurídico de una civilización internacional (o más bien, de una civilización supranacional).”[19]

Por lo tanto, No es difícil ver la diferencia entre derecho conceptual y derecho práctico. En resumen, el primero es conceptualmente aplicable a todos los seres vivos del mundo, mientras que el segundo está dirigido principalmente a personas de Roma y los países mediterráneos circundantes que tienen relaciones reales con Roma.

En resumen, Cayo y Ulpiano no sólo tienen conceptos diferentes de "ley natural", sino que el "derecho civil" que utilizan también es ligeramente diferente. El derecho civil de Cayo era en gran medida conceptual; el derecho civil de Ulpiano, por otra parte, era más práctico. Por esta razón es natural que Ulpiano admita que la ley universal de la esclavitud conduce a la negación de la ley natural [20].

Cuatro. La esclavitud: el foco y la esencia de la controversia

Este pasaje de Ulbiano es familiar: "En lo que respecta al derecho civil, los esclavos no son considerados seres humanos; pero según el derecho natural, la situación es diferente, Porque el derecho natural cree que todas las personas son iguales." [21] Del mismo modo, el jurista Florentino también dijo: "La esclavitud es un sistema de derecho de gentes -este sistema es contrario a la naturaleza- porque según este sistema, una persona es. obligado a convertirse en propiedad de otra persona.” [22] No es difícil ver que el derecho de gentes discutido aquí por los juristas obviamente se refiere al derecho de gentes práctico. En el derecho civil actual, los esclavos ya no eran considerados bisonas, sino objetos de derechos.

Otro problema que se esconde detrás de esta cuestión es la cuestión técnica de la ficción jurídica del derecho romano. El derecho civil y el derecho civil, que existen como sistemas jurídicos específicos, son producto del pensamiento legislativo romano, más que el resultado de la revelación divina como el derecho natural (Cicerón). En el derecho romano, Homo se refiere a una persona en estado biológico, mientras que Pesona se refiere al sujeto de derechos. En realidad, el concepto de persona física en el derecho civil tiene su origen en la persona ficticia del derecho romano. Los académicos creen que "la persona física es un concepto de estructura jurídica única, que sólo se refiere a la categoría de existencia en la que los individuos deben convertirse en sujetos de derechos legales en un sentido jurídico específico. Esta parte es algo que las personas en el sentido biológico no tienen". en el estado de naturaleza. En el sentido biológico, una persona adquiere la forma de persona física, por lo que es resultado del reconocimiento legislativo. "[23] Por lo tanto, en el derecho civil romano, los esclavos no eran personas en el sentido jurídico, sino que existían en el actual sistema de derecho civil como objetos de derechos. Sin embargo, el derecho natural aboga por la igualdad para todos. Tomando prestada la perspectiva del derecho natural clásico escuela, en En el estado de naturaleza donde existe el derecho natural, todos nacen iguales y la esclavitud no tiene lugar [24]

Derecho civil y derecho natural bajo la tradición dualista del verbo (abreviatura del verbo) - un resumen.

En la historia del derecho occidental, siempre ha existido la oposición entre la ley de necesidad y la ley de realidad; en la historia de la filosofía jurídica antes de Kant y Hegel, este dualismo fue especialmente el oposición entre derecho natural y derecho positivo. En la antigua Roma, los juristas enfatizaron mucho más las cuestiones prácticas que el progreso filosófico, pero esto no significa que ignoraron por completo la búsqueda de la justicia. Desde una perspectiva práctica, la influencia de la filosofía griega en ellos se refleja claramente en su comprensión del derecho. Afortunadamente, sus respectivas posiciones no parecen perder su búsqueda de valores metafísicos debido a una capa de práctica y puntos de vista. diferentes, lo que amplía el horizonte comparable para que podamos ver con mayor claridad sus visiones jurídicas. Por ello, en este artículo, el autor intenta aclarar las connotaciones teóricas detrás de las llamadas "dicotomía" y "tricotomía". el caso?

-

[1] Kaufmann: "Historia de los problemas en la filosofía jurídica", [Alemania] Arthur Kaufmann, Winfried ·Escrito por Hasmer/Editor jefe: "Introducción. to Contemporary Legal Philosophy and Legal Theory", traducido por Zheng, Law Press, edición de 2002, págs. 51-202

[2][Antigua Roma] Cisse. Luo: Law ⅲ 22(33). Para la traducción china, ver Shen Shuping y Li Su, "National Law", The Commercial Press, edición de 1999, página 104.

[3] Kaufman comentó sobre esto: "Bajo su influencia (refiriéndose a. Cayo - nota del autor), el derecho de gentes también surgió en Roma. No se trata del derecho internacional en el sentido actual, sino del derecho natural, aplicable a todos, ya sean ciudadanos o extranjeros, libres o esclavos. "Ver Kaufmann: Exposiciones anteriores".

[4][Antigua Roma] Cicerón: “Sobre las obligaciones” C3, 17, 69. Para la traducción al chino, véase "Sobre las obligaciones" traducido por Wang Huansheng, China University of Political Science and Law Press, edición de 1999.