Condiciones para regresar a la investigación complementaria en la etapa de juicio
La investigación complementaria se desarrolla en tres etapas: revisión de la detención, revisión del procesamiento y audiencia judicial. 1. Investigación complementaria en la etapa de revisión y aprobación del arresto: Después de que la Fiscalía Popular revise un caso presentado por el organismo de seguridad pública para la aprobación del arresto, explicará las razones para no aprobar el arresto. Si se requiere una investigación complementaria, el. al mismo tiempo se notificará al organismo de seguridad pública (para más detalles, véanse el artículo 1 de la Ley de Procedimiento Penal y el artículo 101 del Reglamento de Procedimiento Penal). 2. Investigación complementaria durante la etapa de revisión y procesamiento: (1). Si el departamento de revisión y enjuiciamiento de la Fiscalía Popular descubre que los investigadores han utilizado medios ilegales para recopilar confesiones de sospechosos de delitos, declaraciones de víctimas y testimonios de testigos durante el proceso de revisión, deben proporcionar opiniones correctivas y exigir a la agencia de investigación que asigne investigadores para re -Investigar y recoger pruebas. Cuando sea necesario, la Fiscalía Popular también podrá investigar y reunir pruebas por su cuenta. Si el organismo de investigación no asigna investigadores para volver a investigar y reunir pruebas, el caso podrá devolverse al organismo de investigación para una investigación complementaria de conformidad con la ley (para más detalles, véase el artículo 265 de las Normas de Procedimiento Penal). (2) Cuando la investigación del órgano de seguridad pública haya concluido y la Fiscalía Popular necesite complementar la investigación, podrá decidir devolver el caso al órgano de seguridad pública para una investigación complementaria, o podrá decidir investigar por su cuenta si es necesario. puede solicitar asistencia al órgano de seguridad pública (consulte las Reglas de Procedimiento Penal 260 para más detalles) Artículo 16). (3) Si el departamento de revisión y enjuiciamiento de la Fiscalía Popular, después de revisar un caso transferido por el departamento de investigación de nuestra fiscalía para su revisión y enjuiciamiento, determina que los hechos delictivos no están claros, las pruebas son insuficientes o el sospechoso en el mismo Falta el caso y es necesaria una investigación complementaria, presentará una denuncia al departamento de investigación. Las opiniones escritas para la investigación complementaria se devolverán junto con los materiales del expediente del caso al departamento de investigación para la investigación complementaria (véase el artículo 267 del Código de Procedimiento Penal). Reglas para más detalles). 3. Investigación complementaria durante la audiencia judicial: Durante la audiencia judicial, si el fiscal determina que el caso de la fiscalía requiere una investigación complementaria y hace sugerencias para una investigación complementaria, el tribunal popular puede posponer el juicio (véanse los artículos 165 (2) y 166). de la Ley de Procedimiento Penal para más detalles). Las investigaciones complementarias en la etapa del juicio generalmente las lleva a cabo la propia Fiscalía Popular, que puede solicitar la asistencia de los órganos de seguridad pública cuando sea necesario.
Objetividad jurídica:
1. Cuántas investigaciones adicionales se necesitan durante la fase de juicio* * * 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley de Procedimiento Penal, durante la audiencia judicial, si el fiscal determina que el caso de la acusación pública requiere una investigación complementaria y propone aplazar el juicio, la sala colegiada estará de acuerdo. La Fiscalía Popular investigará por su cuenta y podrá solicitar asistencia de los órganos de seguridad pública cuando sea necesario. Según el artículo 157 de la "Interpretación" del Tribunal Popular Supremo, si el fiscal determina que el caso requiere una investigación adicional durante el juicio y propone posponer el juicio, la sala colegiada estará de acuerdo. Sin embargo, la propuesta debería limitarse a dos. 2. Según el artículo 159 de la "Interpretación" del Tribunal Supremo Popular, si el panel colegiado determina que el acusado puede tener circunstancias de sentencia legales como la entrega o la comisión de un servicio meritorio, pero las pruebas para el procesamiento y el traslado no las tienen materiales de prueba, recomendará a la Fiscalía Popular una investigación complementaria. Según el artículo 252 del "Reglamento de la Fiscalía Popular", la Fiscalía Popular examinará los motivos pertinentes y tomará una decisión sobre si se devuelve el caso para una investigación complementaria. Si la Fiscalía Popular no está de acuerdo, podrá solicitar al Tribunal Popular que se pronuncie sobre los presuntos hechos delictivos de conformidad con la ley. 2. ¿Cuáles son los pasos de la etapa de juicio? La etapa del juicio se puede dividir en cinco etapas: (1) Antes de anunciar la apertura del juicio, el secretario debe verificar primero si el fiscal, las partes, los testigos y otros participantes en el litigio están presentes, leer las reglas del tribunal a los participantes y observadores del litigio. e invite al presidente y a los jueces a tomar asiento e informar al presidente del tribunal que los preparativos para el juicio están listos. (2) El juez que preside anuncia la apertura del juicio, convoca a las partes al tribunal y determina sus nombres, edades, nacionalidades, lugar de origen, lugar de nacimiento, nivel de educación, ocupación, dirección, etc. Para las partes involucradas, la fecha en que la Fiscalía Popular recibió copia de la acusación y la fecha en que recibió la demanda civil adjunta, etc. (3) El juez que preside anuncia la fuente y la causa del caso, si el juicio se llevará a cabo en público y las razones por las que el juicio no se llevará a cabo en público. (4) El juez que preside da a conocer la lista de los miembros del tribunal colegiado, secretarios, fiscales, defensores, agentes ad litem, tasadores y traductores, e informa a las partes, representantes legales, defensores y agentes ad litem de los derechos legales que gozan en procedimientos judiciales, incluyendo: Las partes y los representantes legales tienen derecho a solicitar la recusación de los miembros del tribunal colegiado, el secretario, el fiscal, el tasador y el traductor tiene derecho a defenderse o encomendar a otros; defenderse conforme a la ley las partes y los defensores podrán solicitar al Presidente el interrogatorio de testigos o tasadores, o Con autorización del Presidente, dirigir preguntas a los testigos y tasadores; Durante la audiencia judicial, las partes y los defensores presentan pruebas para demostrar que el imputado es inocente, el delito es menor o la responsabilidad penal está reducida o exenta, solicitan notificar nuevos testigos para que comparezcan ante el tribunal, obtener nuevas pruebas físicas y solicitar para su reidentificación o investigación. Con la venia del juez presidente, las partes, los defensores y los agentes ad litem podrán expresar sus opiniones y debatir entre sí sobre los hechos del caso y las pruebas pertinentes. Una vez finalizado el argumento judicial, el acusado tiene derecho a hacer una declaración final. (5) El presidente del tribunal preguntará por separado a las partes y a sus representantes legales si han solicitado la recusación. Si una parte, demandante legal o fiscal que comparece ante el tribunal para apoyar la acusación se abstiene, y si la sala colegiada considera que el caso cumple con las circunstancias legales, lo tramitará de conformidad con las disposiciones pertinentes del Procedimiento Penal. Ley; si considera que el caso no reúne las circunstancias legales, lo rechazará en los tribunales y continuará el juicio. Si el solicitante solicita la reconsideración ante el tribunal, el panel colegiado aplazará la audiencia y decidirá si continúa la audiencia después de que se tome la decisión de reconsideración. La decisión de aprobar o rechazar la solicitud de recusación y la decisión de reconsideración serán anunciadas por el juez que preside y se expresarán los motivos. Cuando sea necesario, el decano también podrá hacer un anuncio ante el tribunal.