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Derecho de patentes - ¿Los derechos de propiedad intelectual adquiridos después del matrimonio se consideran propiedad conjunta del marido y la mujer? Los ingresos por derechos de propiedad intelectual son propiedad conjunta del marido y la mujer. Los derechos de propiedad intelectual se refieren a los derechos exclusivos que disfrutan los sujetos civiles de conformidad con la ley sobre los resultados de su trabajo intelectual creativo. Es a la vez un derecho de propiedad y un derecho personal, con fuerte individualidad y exclusividad. Los derechos de propiedad intelectual los completan conjuntamente el marido y la mujer y, por supuesto, son propiedad conjunta del marido y la mujer. Los derechos de propiedad intelectual los crea uno de los cónyuges después del matrimonio, y una de las partes obtiene la propiedad de ellos, y los derechos de propiedad intelectual en sí pertenecen; exclusivamente a una de las partes. Sin embargo, los ingresos procedentes de los derechos de propiedad intelectual, es decir, los derechos de propiedad, deben pertenecer al marido y a la mujer y pertenecer a la propiedad conjunta del marido y la mujer. Por ejemplo, durante la relación matrimonial, la remuneración recibida después de que la obra sea publicada, representada o transmitida, o la remuneración recibida por permitir que otros la utilicen; la remuneración que recibe el titular de la patente por transferir el derecho de patente o permitir que otros la utilicen; patente; el propietario de la marca transfiere el derecho de marca o La remuneración recibida por permitir que otros utilicen la marca registrada pertenece a los ingresos de propiedad intelectual y pertenece a ambos cónyuges.
¿Los derechos de propiedad intelectual adquiridos después del matrimonio se consideran propiedad conjunta del marido y la mujer? Los ingresos por derechos de propiedad intelectual son propiedad conjunta del marido y la mujer. Los derechos de propiedad intelectual se refieren a los derechos exclusivos que disfrutan los sujetos civiles de conformidad con la ley sobre los resultados de su trabajo intelectual creativo. Es a la vez un derecho de propiedad y un derecho personal, con fuerte individualidad y exclusividad. Los derechos de propiedad intelectual los completan conjuntamente el marido y la mujer y, por supuesto, son propiedad conjunta del marido y la mujer. Los derechos de propiedad intelectual los crea uno de los cónyuges después del matrimonio, y una de las partes obtiene la propiedad de ellos, y los derechos de propiedad intelectual en sí pertenecen; exclusivamente a una de las partes. Sin embargo, los ingresos procedentes de los derechos de propiedad intelectual, es decir, los derechos de propiedad, deben pertenecer al marido y a la mujer y pertenecer a la propiedad conjunta del marido y la mujer. Por ejemplo, durante la relación matrimonial, la remuneración recibida después de que la obra sea publicada, representada o transmitida, o la remuneración recibida por permitir que otros la utilicen; la remuneración que recibe el titular de la patente por transferir el derecho de patente o permitir que otros la utilicen; patente; el propietario de la marca transfiere el derecho de marca o La remuneración recibida por permitir que otros utilicen la marca registrada pertenece a los ingresos de propiedad intelectual y pertenece a ambos cónyuges.