Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - ¿Qué responsabilidad debe asumir la escuela si un niño sufre algún daño en la escuela?

¿Qué responsabilidad debe asumir la escuela si un niño sufre algún daño en la escuela?

Principios de responsabilidad para niños lesionados en la escuela: Si un niño se lesiona en la escuela y es una persona sin capacidad de conducta civil, la escuela aplicará la presunción de responsabilidad por culpa si el niño es una persona con capacidad limitada de conducta civil; La escuela aplicará el principio de culpa.

Si la lesión del niño es causada por un tercero y la escuela no cumple con sus responsabilidades de gestión, la escuela asumirá la responsabilidad suplementaria.

Base jurídica: "Derecho Civil"

El artículo 1199 estipula que si una persona sin capacidad para conducta civil sufre daños personales mientras estudia o vive en un jardín de infantes, escuela u otra institución educativa, el jardín de infantes, la escuela u otra institución educativa Las escuelas u otras instituciones educativas asumirán la responsabilidad por infracción, pero si pueden demostrar que han cumplido con sus responsabilidades de gestión educativa, no asumirán la responsabilidad por infracción;

Artículo 1.200 Si una persona con capacidad limitada para la conducta civil sufre daños personales mientras estudia o vive en una escuela u otra institución educativa, y la escuela u otra institución educativa no cumple con sus deberes de gestión educativa, deberá soportar responsabilidad extracontractual.

El artículo 1201 estipula que si una persona sin capacidad para la conducta civil o una persona con capacidad limitada para la conducta civil sufre daños personales por parte de un tercero mientras estudia o vive en un jardín de infantes, escuela u otra institución educativa, el el tercero asumirá las responsabilidades; los jardines de infancia, escuelas u otras instituciones educativas que no cumplan con sus responsabilidades de gestión asumirán las responsabilidades suplementarias correspondientes. Una vez que una guardería, escuela u otra institución educativa asume una responsabilidad adicional, puede reclamar una compensación a un tercero.

Nota: El Código Civil entrará en vigor el 1 de enero de 2021.