Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - ¿Qué debo hacer si una de las partes solicita el divorcio y la otra parte transfiere los bienes conyugales a sus espaldas?

¿Qué debo hacer si una de las partes solicita el divorcio y la otra parte transfiere los bienes conyugales a sus espaldas?

Hola, primero puede conservar la evidencia de la transferencia de propiedad por parte de la otra parte y luego solicitar al tribunal medidas de preservación de la propiedad. Al demandar por divorcio para dividir la misma propiedad, también puede solicitar una parte menor o ninguna parte para esta parte.

1. Conservar pruebas.

Separe los bienes de ambos cónyuges y recopile pruebas de la transferencia de bienes por parte de la otra parte, como grandes transferencias, deudas matrimoniales falsificadas, etc.

2. Solicitar conservación.

Antes de interponer una demanda, se pueden solicitar medidas de preservación al lugar donde se conserva el bien, al lugar donde esté domiciliado el demandado, o al tribunal popular que tenga jurisdicción.

Generalmente, es necesario proporcionar medidas de seguridad, pero si uno de los cónyuges solicita medidas de seguridad sobre sus bienes personales o bienes conyugales, el tribunal determinará razonablemente un monto de garantía dentro del alcance de las posibles pérdidas causadas por las medidas de seguridad.

Sin embargo, después de que el tribunal popular tome medidas de protección, usted debe presentar una demanda dentro de los treinta días de conformidad con la ley; de lo contrario, el tribunal levantará las medidas de protección de conformidad con la ley.

3. Cuando se demanda por divorcio para dividir los bienes conyugales, se requiere que una de las partes reciba una parte menor o ninguna parte.

Si uno de los cónyuges oculta, transfiere, vende, destruye o dilapida los bienes comunes de los cónyuges, o falsifica deudas conjuntas de los cónyuges en el intento de apropiarse de los bienes del otro cónyuge, los cónyuges pueden dividirse. la propiedad común es menor o nula. Por lo tanto, puede pedirle a la parte que obtenga menos puntos o ningún punto según la evidencia que haya recopilado.

Espero que esto ayude. Si tiene alguna otra pregunta legal, continúe comunicándose.

Leyes Relevantes "Código Civil"

Artículo 1092: Uno de los cónyuges oculta, transfiere, vende, destruye o dilapida los bienes comunes de los cónyuges, o falsifica deudas solidarias de los cónyuges en un intento de apropiarse indebidamente de los bienes del otro cónyuge, cuando una pareja se divorcia y divide los bienes comunes del marido y la mujer, pueden dividirlos menos o nada. Después del divorcio, si la otra parte descubre las conductas antes mencionadas, podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular para solicitar otra división de los bienes conyugales.

Ley de Enjuiciamiento Civil

Artículo 104: Si el interesado no solicita inmediatamente la conservación por circunstancias urgentes, que causarán daño irreparable a sus derechos e intereses legítimos, podrá interponer una demanda antes Antes de presentar una demanda o solicitar arbitraje, solicitar medidas de preservación al tribunal popular donde se encuentra el bien a preservar, donde está domiciliado el demandado o tiene jurisdicción. El solicitante deberá aportar una garantía. Si no se aporta ninguna garantía, la solicitud será desestimada.

Después de aceptar la solicitud, el Tribunal Popular debe dictar sentencia en un plazo de 48 horas; si se le ordena tomar medidas cautelares, ésta debe ser implementada de inmediato.

Si el solicitante no presenta una demanda o solicita arbitraje de conformidad con la ley dentro de los treinta días posteriores a la adopción de las medidas de preservación por parte del Tribunal Popular, el Tribunal Popular pondrá fin a la preservación.

Interpretación del matrimonio y la familia en el Código Civil (1)

Artículo 85 Si un cónyuge solicita que se tomen medidas de preservación de sus bienes personales o de los bienes comunes de la pareja, el Tribunal Popular puede tomar Dentro del alcance de posibles pérdidas causadas por medidas de preservación, se determinará una cantidad razonable de garantía de propiedad en función de la situación real.