Comprensión y Aplicación de las Interpretaciones Judiciales del Delito de Obstrucción a la Prevención y Control de Enfermedades Infecciosas
Base legal: Disposiciones sobre las normas para la presentación y persecución de causas penales bajo la jurisdicción de órganos de seguridad pública Artículo 49 Viola lo dispuesto en la Ley para la Prevención y Control de Enfermedades Infecciosas, causantes de su propagación o graves. propagación de enfermedades infecciosas de Categoría A o manejadas de acuerdo con la Categoría A Peligrosas y sospechosas de cualquiera de las siguientes circunstancias, se debe presentar un caso para enjuiciamiento:
(1) El agua potable suministrada por el suministro de agua la unidad no cumple con los estándares higiénicos estipulados por el estado;
(2) Negativa Desinfectar aguas residuales, suciedad y heces contaminadas por patógenos de enfermedades infecciosas de acuerdo con los requisitos higiénicos establecidos por las agencias de prevención y control de enfermedades;
(3) Permitir o tolerar a pacientes con enfermedades infecciosas, portadores de patógenos y enfermedades presuntamente infecciosas. El paciente realiza trabajos prohibidos por el departamento de administración de salud del Consejo de Estado y que probablemente propaguen enfermedades infecciosas;
(4) Negarse a implementar las medidas de prevención y control propuestas por el organismo de prevención y control de enfermedades de conformidad con la "Ley de Prevención y Control de Enfermedades Infecciosas".
Las "enfermedades infecciosas de Clase A" mencionadas en este artículo y el artículo 50 de este Reglamento se refieren a la peste y el cólera; las "enfermedades infecciosas manejadas según la Clase A" se refieren al SARS infeccioso entre las enfermedades infecciosas de Clase B; neumonía, ántrax pulmonar, infección humana por influenza aviar altamente patógena y otras enfermedades infecciosas de Clase B que deben tratarse como Clase A y enfermedades infecciosas de origen desconocido que deben informarse al departamento administrativo de salud del Consejo de Estado para su aprobación. y anunciado e implementado por el Consejo de Estado.