Reglamento sobre asuntos étnicos de la provincia de Anhui
Las agencias estatales en todos los niveles deben garantizar que los ciudadanos de minorías étnicas ejerzan los derechos que les confieren la constitución y la ley. Los ciudadanos de minorías étnicas deben cumplir con sus obligaciones estipuladas en la Constitución y las leyes.
Está prohibido discriminar a los grupos étnicos y socavar la unidad étnica, así como crear divisiones étnicas y socavar las relaciones étnicas. Artículo 3 Los gobiernos populares de todos los niveles incorporarán el desarrollo económico y social de las minorías étnicas y las áreas de minorías étnicas en la planificación nacional del desarrollo económico y social y acelerarán el desarrollo de las minorías étnicas y las áreas de minorías étnicas.
Fomentar a las fuerzas sociales para que ayuden y apoyen a las minorías étnicas y a las zonas étnicas a desarrollar emprendimientos económicos y sociales. Artículo 4 El departamento de finanzas provincial establecerá fondos especiales para el trabajo étnico. Los departamentos de finanzas de las ciudades y condados con distritos crearán fondos especiales para el trabajo étnico de acuerdo con la población total de minorías étnicas en sus respectivas regiones administrativas. Las provincias, ciudades y condados con grandes poblaciones de minorías étnicas establecerán fondos especiales para el desarrollo y el trabajo étnicos. Los fondos especiales para la educación étnica aumentarán año tras año con el crecimiento de los ingresos fiscales. Artículo 5 Los departamentos de asuntos étnicos de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables de los asuntos de las minorías étnicas dentro de sus respectivas regiones administrativas.
Otros departamentos pertinentes deberían llevar a cabo trabajos relacionados con las minorías étnicas de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Artículo 6 Los organismos, empresas, instituciones y otras organizaciones estatales llevarán a cabo actividades de publicidad y educación de la unidad nacional. Artículo 7 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior y sus departamentos pertinentes elogiarán y recompensarán a las unidades e individuos que hayan logrado logros sobresalientes en la causa de la unidad y el progreso nacional. Capítulo 2 Protección de los derechos de las minorías étnicas Artículo 8 Podrán establecerse municipios étnicos en municipios donde la población de minorías étnicas represente el 30% de la población total; en circunstancias especiales, podrá ser ligeramente inferior al 30%;
El nombre de un municipio étnico se determina sumando el nombre local y el nombre étnico.
Para establecer un municipio étnico, el gobierno popular del municipio deberá presentar una solicitud, que será revisada por el gobierno popular a nivel de condado, acordada por el gobierno popular de la ciudad distrital y presentada al gobierno popular provincial para su aprobación.
Una vez establecido un municipio étnico, no se puede cambiar ni revocar sin la aprobación del Gobierno Popular Provincial. Si es necesario cambiar el alcance de la división de los municipios étnicos, se solicitará la opinión del departamento de asuntos étnicos del Gobierno Popular Provincial antes de la aprobación. Artículo 9 El jefe de un municipio étnico será un ciudadano de la minoría étnica que estableció el municipio étnico.
Otros miembros del personal del Gobierno Popular de los municipios étnicos deben estar razonablemente equipados con ciudadanos de minorías étnicas y otras minorías étnicas que han establecido municipios étnicos.
Los comités de aldea y los comités de residentes (comunitarios) con grandes poblaciones de minorías étnicas deben tener como miembros a ciudadanos de minorías étnicas. Artículo 10 Las asambleas populares de las provincias, ciudades distritales, condados y municipios (pueblos) donde viven minorías étnicas en comunidades concentradas tendrán representantes de las minorías étnicas de conformidad con la ley.
Las agencias estatales en todos los niveles deben proteger los derechos de las minorías étnicas a participar en la gestión de los asuntos nacionales y locales. Al adoptar políticas y decisiones importantes que involucren a minorías étnicas, se deben escuchar las opiniones de los ciudadanos de minorías étnicas. Artículo 11 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior formularán y organizarán la implementación de planes para cultivar, seleccionar y utilizar cuadros de minorías étnicas y diversos tipos de talentos profesionales, y fortalecerán el reclutamiento de cuadros de minorías étnicas, talentos profesionales y técnicos. talentos de gestión empresarial, talentos altamente calificados y talentos prácticos rurales.
Al reclutar y emplear personal, las agencias estatales, empresas, instituciones y otras organizaciones deben implementar políticas preferenciales nacionales y provinciales para los ciudadanos de minorías étnicas y fortalecer la capacitación y selección de cuadros de minorías étnicas y diversos talentos y usos profesionales. . Está prohibido negarse a contratar o emplear a ciudadanos de minorías étnicas basándose en costumbres y hábitos. Artículo 12 La composición étnica de los ciudadanos se determina de conformidad con las normas estatales pertinentes. Los ciudadanos que soliciten cambiar su identidad étnica serán tratados por los departamentos de asuntos étnicos y los órganos de seguridad pública de los gobiernos populares a nivel de condado o superior de conformidad con las regulaciones nacionales. Ninguna unidad o individuo podrá cambiar la composición étnica de los ciudadanos sin autorización.
A los ciudadanos no se les permite mentir o falsificar para cambiar su identidad étnica, y a los trabajadores estatales no se les permite aprovechar sus puestos para brindar asistencia. Capítulo 3 Desarrollo de la economía de las minorías étnicas Artículo 13 Los gobiernos populares en todos los niveles implementarán políticas preferenciales nacionales y provinciales para el desarrollo económico de las minorías étnicas y apoyarán y asistirán a las minorías étnicas en su desarrollo económico.
Los gobiernos populares a nivel de condado o superior y sus departamentos pertinentes no reducirán los fondos normalmente asignados a las áreas de minorías étnicas y otros fondos de políticas que deberían disfrutar porque las áreas de minorías étnicas disfrutan de políticas preferenciales. Artículo 14 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior y sus departamentos pertinentes guiarán a las áreas de minorías étnicas para formular planes de desarrollo económico, desarrollar y utilizar racionalmente los recursos y cultivar industrias con características distintivas y una fuerte fuerza impulsora.
Los gobiernos populares a nivel de condado o superior y sus departamentos pertinentes deben incluir las áreas minoritarias afectadas por la pobreza en los planes de desarrollo y alivio de la pobreza. Artículo 15 Las unidades miembros del Comité de Asuntos Étnicos del Gobierno Popular Provincial y los departamentos pertinentes del gobierno popular a nivel de ciudad y condado que tienen jurisdicción sobre los municipios de minorías étnicas y las áreas con grandes poblaciones mejorarán el mecanismo de asistencia, implementarán proyectos de apoyo de contraparte, y apoyar a las zonas de minorías étnicas para mejorar sus instalaciones básicas, ajustar la estructura industrial y desarrollar la economía.