Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - El niño tiene un año y medio y la relación entre marido y mujer se ha roto. ¿Qué debo hacer si quiero divorciarme y luchar por la custodia?

El niño tiene un año y medio y la relación entre marido y mujer se ha roto. ¿Qué debo hacer si quiero divorciarme y luchar por la custodia?

Hola, según las disposiciones pertinentes del Código Civil, los niños menores de dos años deben ser criados directamente por sus madres. Su hijo tiene un año y medio. En caso de divorcio, la custodia del niño corresponderá a la madre.

Tendrán prioridad los niños mayores de dos años. Para los hijos menores de dos años, ambos padres deben vivir con ellos. Al dictar sentencia, el tribunal considera principalmente: situación financiera, calidad personal, entorno de vida, sentido de responsabilidad por el niño e intimidad emocional con el niño. En la lucha por los derechos de custodia, se dará prioridad a quienes cumplan las siguientes condiciones. Puede realizar algunos preparativos de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Si su hijo ha vivido con usted durante mucho tiempo y cambiar el entorno de vida obviamente no favorece el crecimiento saludable del niño, será más beneficioso para usted luchar por los derechos de custodia. Si no tiene otros hijos y su cónyuge tiene otros hijos; si los hijos de la otra parte se refieren a los hijos legítimos, ilegítimos, adoptados o hijastros dependientes de la otra parte, entonces es más beneficioso para usted luchar por los derechos de custodia. Su otro padre padece una enfermedad infecciosa u otra enfermedad grave que no se puede curar durante mucho tiempo, o tiene otras condiciones que no favorecen la salud física y mental de los niños, y no es apropiado vivir con los niños. . Sería mejor que lucharas por la custodia.

Base Legal

Artículo 1076 del Código Civil: Si una pareja desea divorciarse voluntariamente, deberá firmar un acuerdo de divorcio por escrito y solicitar el registro de divorcio personalmente en la oficina de registro de matrimonio. .

El acuerdo de divorcio debe expresar la intención de ambas partes de divorciarse voluntariamente y el consenso en cuestiones como la manutención de los hijos, los bienes y la disposición de deudas.

El artículo 1084 del Código Civil establece que la relación entre padres e hijos no se eliminará por el divorcio de los padres. Después de un divorcio, el niño sigue siendo hijo de ambos padres, independientemente de si los padres lo crían directamente.

Después del divorcio, los padres todavía tienen el derecho y la obligación de criar, educar y proteger a sus hijos.

Después del divorcio, los niños menores de dos años son criados directamente por sus madres. Para los niños que hayan cumplido dos años de edad, si los padres no logran llegar a un acuerdo sobre la cuestión de la custodia, el tribunal popular dictará sentencia basándose en las circunstancias específicas de ambas partes y basándose en el principio de lo que es más beneficioso para el niño. hijos menores de edad. Los niños mayores de ocho años deben hacer respetar sus verdaderos deseos.

Artículo 1085. Si el hijo es criado directamente por una de las partes después del divorcio, la otra parte soportará parte o la totalidad de la pensión alimenticia. El importe de los gastos y la duración del plazo serán acordados por ambas partes; si no se puede llegar a un acuerdo, el Tribunal Popular dictará sentencia.

Artículo 1088. Si uno de los cónyuges tiene muchas responsabilidades como criar a los hijos, cuidar a los ancianos y ayudar al otro en el trabajo, el cónyuge tendrá derecho a exigir al otro una indemnización en caso de divorcio. , y el otro cónyuge deberá compensar al cónyuge. Las medidas específicas serán acordadas por ambas partes; si no se puede llegar a un acuerdo, el Tribunal Popular tomará una decisión.