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Reglamento sobre la supervisión de la legislación laboral de los sindicatos en la provincia de Anhui

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Con el fin de mantener y estandarizar la supervisión legal laboral de los sindicatos, salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los trabajadores y construir relaciones laborales armoniosas, de conformidad con la Ley de Sindicatos de la República Popular China, el La Ley Laboral de la República Popular China y la "Ley" de Contratos Laborales de la República Popular China y otras leyes y reglamentos administrativos pertinentes, se formulan en estos reglamentos. Artículo 2 El presente Reglamento se aplicará a la supervisión de la legislación laboral de los sindicatos dentro de la región administrativa de esta provincia.

El término "supervisión sindical de la legislación laboral", tal como se menciona en este Reglamento, se refiere a la supervisión masiva organizada por los sindicatos sobre el cumplimiento por parte de los empleadores de las leyes, reglamentos y normas laborales y la salvaguardia de los derechos e intereses legítimos de los trabajadores. . Artículo 3 La supervisión legal del trabajo sindical seguirá los principios de supervisión legal, objetividad e imparcialidad, confianza en las masas, consulta equitativa y cooperación estrecha. Artículo 4 Los sindicatos locales a nivel de condado o superior son responsables de organizar, orientar, coordinar e implementar la supervisión de la legislación laboral de los sindicatos dentro de sus respectivas regiones administrativas.

Los sindicatos industriales, las organizaciones sindicales de zonas de desarrollo (parque industrial) y las organizaciones sindicales de municipios (calles) son responsables de orientar, coordinar e implementar el trabajo de supervisión de la legislación laboral de los sindicatos en sus propias industrias. y regiones.

Los sindicatos de base son responsables de supervisar las leyes laborales en sus unidades. Artículo 5 Los gobiernos populares en todos los niveles deben incorporar la construcción de relaciones laborales armoniosas en los planes de desarrollo económico y social y en los sistemas de evaluación de responsabilidades de los objetivos gubernamentales, mejorar el sistema de reuniones conjuntas entre el gobierno y los sindicatos al mismo nivel, y apoyar a los sindicatos en la implementación supervisión de la legislación laboral de conformidad con la ley.

Al formular políticas relacionadas con los derechos e intereses laborales de los empleados, los gobiernos populares a nivel de condado o superior deben escuchar las opiniones de las federaciones locales de sindicatos del mismo nivel al abordar cuestiones importantes relacionadas con los derechos laborales de los empleados. e intereses.

Las unidades, organizaciones sindicales e individuos que hayan logrado logros sobresalientes en la supervisión de la legislación laboral sindical serán elogiados y recompensados ​​de acuerdo con las regulaciones nacionales y provinciales pertinentes. Artículo 6 Los departamentos de recursos humanos y seguridad social, desarrollo y reforma, seguridad pública, administración judicial, vivienda y desarrollo urbano-rural, salud, gestión de emergencias, supervisión del mercado y gestión de los gobiernos populares a nivel de condado o superior, de conformidad con con sus respectivas responsabilidades, apoyar a los sindicatos en la realización de trabajos de supervisión de la legislación laboral, y compartir información sobre la implementación y supervisión de las leyes y reglamentos laborales con las federaciones locales de sindicatos del mismo nivel.

Los departamentos de recursos humanos y seguridad social de los gobiernos populares a nivel de condado o superior deben trabajar con la federación local de sindicatos, las federaciones de empresas del mismo nivel, la Federación de Industria y Comercio y otras empresas. organizaciones representativas para formar un mecanismo tripartito para coordinar las relaciones laborales, y estudiar y resolver conjuntamente las principales cuestiones relacionadas con la supervisión de la legislación laboral por parte de los sindicatos. Artículo 7 Los sindicatos y los empleadores deberían establecer un sistema de consulta colectiva para comunicarse y negociar periódicamente sobre asuntos relacionados con los derechos e intereses legítimos de los empleados, y fortalecer la prevención y consulta previa de los conflictos laborales. Artículo 8 Los empleadores respetarán las leyes y reglamentos laborales, aceptarán y cooperarán con los sindicatos de todos los niveles en la implementación de la supervisión de la legislación laboral de conformidad con la ley.

Los sindicatos deben educar a los empleados para que respeten las leyes y reglamentos laborales y las normas y reglamentos formulados por el empleador de conformidad con la ley, y orientar a los empleados para que expresen sus demandas de conformidad con la ley. Artículo 9 Los medios de comunicación deben publicar las leyes y reglamentos relacionados con la supervisión sindical y su implementación, y fortalecer la supervisión de la opinión pública sobre las violaciones de las leyes y reglamentos laborales y la infracción de los derechos e intereses legítimos de los empleados. Capítulo 2 Instituciones de supervisión y sus responsabilidades Artículo 10 Los sindicatos de todos los niveles establecerán comités de supervisión de la legislación laboral sindical para llevar a cabo trabajos específicos de supervisión de la legislación laboral bajo la dirección de los sindicatos del mismo nivel y aceptarán la orientación profesional de la legislación laboral. comités de supervisión de los sindicatos de nivel superior.

Los sindicatos de base con menos de 25 miembros pueden seleccionar de dos a tres supervisores de la legislación laboral sindical entre los miembros del sindicato para formar un grupo de supervisión de la legislación laboral sindical para llevar a cabo el trabajo de supervisión de la legislación laboral del sindicato en la unidad. Artículo 11 La comisión sindical de supervisión de la legislación laboral estará compuesta por el director y dos o más supervisores sindicales de la legislación laboral. El director será el presidente o vicepresidente del sindicato al mismo nivel, y los supervisores de legislación laboral del sindicato serán elegidos entre los miembros del sindicato y habrá una proporción adecuada de mujeres. La duración del comité de supervisión de la legislación laboral de un sindicato es la misma que la del sindicato del mismo nivel.

Los sindicatos locales a nivel de condado o superior, los sindicatos industriales, las organizaciones sindicales de zonas de desarrollo (parque industrial) y las organizaciones sindicales de municipios (calles) pueden contratar diputados del Congreso Nacional del Pueblo, miembros de la CCPPCh y expertos. , académicos, abogados, etc. Como inspector especial del comité de supervisión de la legislación laboral sindical del mismo nivel, participar en las labores de supervisión de la legislación laboral sindical. Artículo 12 Los sindicatos locales a nivel de condado o superior, los sindicatos industriales, las organizaciones sindicales de la zona de desarrollo (parque industrial) y los sindicatos de municipio (calle) desempeñarán las siguientes funciones:

(1) Organizar y publicar las leyes y reglamentos laborales, orientar y apoyar el trabajo de supervisión de las leyes laborales de los sindicatos de nivel inferior;

(2) Aceptar y asignar quejas e informes sobre violaciones de las leyes y reglamentos laborales por parte de los empleadores y de los trabajadores ' derechos e intereses legítimos, y organizar investigaciones, consultas y manejo oportunos de acuerdo con la situación;

(3) Solicitar a la federación local de sindicatos que emita una propuesta de supervisión de la legislación laboral sindical a los recursos humanos y departamento de seguridad social del gobierno popular al mismo nivel;

(4) Solicitar conflictos laborales para los empleados de acuerdo con la ley Proporcionar asistencia en mediación, arbitraje y litigio;

( 5) Informar del trabajo de supervisión al sindicato del mismo nivel y al comité de supervisión de la legislación laboral del sindicato de nivel superior, y atender los asuntos asignados por el comité de supervisión de la legislación laboral del sindicato de nivel superior.

Artículo 13 El comité de supervisión de la legislación laboral del sindicato de base desempeñará las siguientes funciones:

(1) Organizar la publicidad de las leyes y reglamentos laborales y supervisar el cumplimiento de la unidad de las leyes y reglamentos laborales;

( 2) Aceptar quejas e informes sobre la violación de las leyes y regulaciones laborales por parte de la unidad y la infracción de los derechos e intereses legítimos de los trabajadores, aceptar informes de los supervisores de la legislación laboral de los sindicatos, organizar investigaciones, consultas y manejo, y hacer manejar sugerencias al sindicato del mismo nivel cuando sea necesario;

(3) Solicitar al sindicato del mismo nivel que emita un "Dictamen de Supervisión de la Ley Laboral" al empleador

(4) Informar del trabajo de supervisión al sindicato del mismo nivel y al comité de supervisión de la legislación laboral del sindicato de nivel superior, y manejar los asuntos asignados por el comité de supervisión de la legislación laboral del sindicato de nivel superior.

Los sindicatos de base que no hayan constituido una comisión de supervisión de la legislación laboral desempeñarán sus funciones de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.