¿Qué condiciones deben cumplirse para expropiar bienes de los ciudadanos?
La expropiación de propiedades de los ciudadanos por parte del gobierno debe ser por interés público y no por una compensación adecuada. Si los bienes ciudadanos requisados pueden ser devueltos después de haber sido utilizados en una emergencia, serán devueltos; si no pueden ser devueltos, se les otorgará la compensación adecuada;
La expropiación o expropiación de bienes de los ciudadanos por parte del gobierno debe cumplir con las disposiciones legales y los procedimientos legales. De lo contrario, la propiedad privada legal de los ciudadanos no puede ser expropiada ni expropiada. Provoca pérdidas indebidas durante el proceso de expropiación o expropiación, o se expropia o expropia ilegalmente bienes de los ciudadanos. Los ciudadanos tienen derecho a recibir una compensación estatal (según las disposiciones de la Ley de Compensación Estatal).
Resumen de leyes y reglamentos
1 Artículo 10 de la Constitución: “Por necesidades del interés público, el Estado podrá expropiar o expropiar tierras de conformidad con las disposiciones legales y otorgar una indemnización. .”
Artículo 13 de la "Constitución": "Por necesidades del interés público, el Estado podrá expropiar o expropiar la propiedad privada de los ciudadanos de conformidad con las disposiciones legales y proporcionar una indemnización".
2. Cuarto de la "Ley de Derechos de Propiedad" Artículo 12: "Por necesidades de interés público, las tierras de propiedad colectiva, las unidades y casas de particulares y otros bienes inmuebles podrán ser expropiados de conformidad con la autoridad y los procedimientos prescritos por ley."
3. "Ley de Ordenación de Tierras" Artículo 2: "Por necesidades del interés público, el Estado podrá expropiar tierras o requisarlas y otorgarles una indemnización conforme a la ley."
4. Artículo 2 del "Reglamento de Expropiación": "Por necesidades de interés público, la expropiación de unidades y casas de particulares en terrenos de propiedad estatal, se otorgará una compensación justa a los propietarios de las casas expropiadas (en adelante) denominadas personas expropiadas)”.