Nueva política de edad de jubilación para el personal militar discapacitado
1. Condiciones para la jubilación anticipada: El hombre tiene 50 años, la mujer tiene 45 años y el período de pago es superior a 15 años
2 Previa tasación del Centro de Evaluación Laboral; Oficina de Seguridad Social, el informe de evaluación que recibimos es "la mayoría (implementado sólo en unas pocas provincias y ciudades costeras desarrolladas)" Incapacidad total para trabajar ".
Si un empleado de la empresa está discapacitado no debido al trabajo, sufre una enfermedad refractaria reconocida por un médico o institución médica y no puede realizar el trabajo original u otro trabajo organizado por el empleador después de la aprobación médica. período de tratamiento, se llevará a cabo la evaluación laboral. El comité realizará evaluaciones de capacidad laboral con referencia a las normas para la evaluación de lesiones relacionadas con el trabajo y enfermedades profesionales. Quienes sean reconocidos del Nivel 1 al Nivel 4 deberán renunciar a sus empleos, rescindir sus relaciones laborales, pasar por trámites de jubilación y renuncia y disfrutar de beneficios de jubilación y renuncia. "Si su padre cumple las condiciones prescritas, puede solicitar la jubilación anticipada.
Los empleados discapacitados que hayan pagado primas del seguro de pensión básico durante 15 años pueden jubilarse con cinco años de antelación previa solicitud personal y la evaluación del Trabajo. Comité de Evaluación de Capacidad Además, si una persona discapacitada con dificultades financieras alcanza la edad de jubilación y ha pagado primas del seguro de pensión básica durante más de 10 años (inclusive) pero menos de 15 años, y continúa pagando durante 15 años individualmente, si la pensión. las primas de seguro que continúa pagando están dentro del 100% de los estándares estipulados por el departamento de trabajo y seguridad social, puede recibir el mismo nivel. La Federación de Personas con Discapacidad proporciona un subsidio del 50%. Base jurídica:
Ley del Servicio Militar
Artículo 36: El personal militar en servicio activo incapacitado por causa de guerra, servicio o enfermedad deberá ser alojado adecuadamente de acuerdo con el nivel de incapacidad que establezca la ley. Estado a través de acuerdos laborales, pensiones, etc. El personal militar discapacitado que esté en condiciones de trabajar y se haya retirado del servicio activo gozará de las políticas de empleo preferencial para personas discapacitadas estipuladas por el Estado.