¿Los jugadores profesionales están infringiendo la ley?
Ley Penal
Artículo 303: El que reúna gente para jugar, abra un casino o se dedique a juegos de azar con fines de lucro, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión preventiva o vigilancia penal. , y también será multado.
“El que abra un casino, será sancionado con prisión fija no mayor de tres años, prisión o vigilancia criminal, y además, si las circunstancias fueren graves, se le impondrá pena fija; - Pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también multa.