¿Puedo nombrar un abogado después de solicitar asistencia jurídica?
Sí, pero se pondrá fin a la asistencia jurídica. El artículo 23 del "Reglamento de asistencia jurídica" estipula que si ocurre una de las siguientes circunstancias, la institución de asistencia jurídica cancelará la asistencia jurídica después de la revisión y verificación: (1) Los ingresos económicos del destinatario cambian y la asistencia jurídica no se cancelará. Ya no tiene derecho a recibir asistencia jurídica.
(2) El juicio del caso ha sido terminado o retirado.
(3) El destinatario designa por su cuenta un abogado u otro agente.
(4) El destinatario solicita la extinción de la asistencia jurídica gratuita.