¿Es legal que los promotores cobren por la energía solar?
1 Si la tarifa solar cobrada por separado por el desarrollador es parte del precio de la vivienda comercial, el desarrollador no tiene derecho a cobrarla. por separado independientemente de que promotor y comprador hayan llegado a un acuerdo.
2. Si el promotor y el comprador acuerdan explícitamente cobrar tarifas de energía solar además del precio de la vivienda, y el acuerdo entre las dos partes no viola las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos, el acuerdo es válido. válido y el desarrollador tiene derecho a cobrar tarifas adicionales.
3. El desarrollador y el comprador no han acordado explícitamente cobrar tarifas de energía solar además del precio de la casa, pero si el desarrollador requiere que el comprador pague tarifas de energía solar adicionales al entregar la casa, el comprador. tiene derecho a negarse a pagar.
En términos generales, el precio de la vivienda comercial es un acuerdo de precio, es decir, a excepción del fondo de administración y mantenimiento de la propiedad, todos los honorarios deben estar incluidos en el precio y no se pueden cobrar honorarios además de el precio, de lo contrario es una violación del precio. Según las regulaciones actuales, es ilegal que los desarrolladores paguen tarifas adicionales, como tarifas de instalación inicial y tarifas de apertura de tuberías de gas, agua y electricidad.
Base jurídica:
Reglamento sobre precios claramente marcados para la venta de viviendas comerciales
Artículo
El término “precios claramente marcados” en estos El reglamento se refiere a los operadores de viviendas comerciales. Este reglamento exige que al vender viviendas comerciales, el precio de las viviendas comerciales, los cargos relacionados y otros factores que afectan el precio de las viviendas comerciales se muestren públicamente.
Artículo 10
Los operadores de viviendas comerciales deberán indicar claramente los siguientes factores estrechamente relacionados con el precio de las viviendas comerciales:
(1) Nombre de la empresa de desarrollo, pre -licencia de venta, naturaleza del terreno, período de uso del suelo, nombre del edificio, ubicación, relación de superficie construida, tasa de ecologización, relación de asignación de espacio de estacionamiento.
(2) Estructura del edificio, decoración e infraestructuras de agua, electricidad, gas, calefacción, comunicaciones y otras infraestructuras.
(3) El estado de ventas, número de habitación, piso, tipo de unidad, altura del piso, área de construcción, área de construcción interna y área de construcción asignada * * * de las casas vendidas en el período actual y cada vivienda comercial.
(4) Descuentos y condiciones para disfrutar de descuentos.
(5) Otros contenidos que estipule el departamento de precios provincial donde se encuentre la vivienda comercial.
Artículo 13
Los operadores de viviendas comerciales no venderán viviendas comerciales a un precio superior al precio marcado y no cobrarán tarifas no marcadas.