¿Qué significa ser indulgente y estricto? ¿Cómo tratar a los jóvenes que delinquen por primera vez como delincuentes conjuntos?
Para más detalles, consulte "Varias opiniones del Tribunal Popular Supremo sobre la implementación de la política criminal de combinar indulgencia con severidad".
2. Para los delitos generales cometidos por menores que delinquen por primera vez, generalmente se adopta una política de indulgencia y se establece un sistema de sellado de antecedentes penales. Implementar la política de educación, reforma y rescate de menores que hayan cometido delitos, y adherirse al principio de dar prioridad a la educación y complementar el castigo.
1. Los menores de 14 años no son penalmente responsables. Aunque sea mayor de edad, no puede ser procesado. Se puede ordenar a sus padres o tutores que le apliquen medidas disciplinarias. Cuando sea necesario, el gobierno también puede proporcionar custodia y reeducación.
2. Incurrirá en responsabilidad penal el que sea mayor de 14 años pero menor de 16 y cometa homicidio doloso, lesiones intencionales con resultado de muerte, violación, robo, tráfico de drogas, incendio provocado, explosión o envenenamiento. Sin embargo, si una persona mayor de 14 años pero menor de 18 comete un delito, se le impondrá una pena más leve o reducida. Los menores de 16 años no serán castigados y sus padres o tutores recibirán la orden de disciplinarlos si es necesario, también podrán ser detenidos por el gobierno;
3. Toda persona mayor de 16 años pero menor de 18 tendrá plena responsabilidad penal y será sancionada por las leyes penales correspondientes.
En los casos penales que involucran a menores, se debe implementar el principio de “primero la educación, luego el castigo”. Al sentenciar a menores se deben considerar factores como la motivación, el propósito, la edad, la primera infracción, el remordimiento por el delito, la experiencia de crecimiento personal, etc., y se les debe dar una pena más leve.
Si un menor se encuentra sujeto a libertad condicional por primera vez y no causa verdadero daño a la sociedad, será declarado suspendido.
3. Base jurídica:
Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación específica del derecho en el juzgamiento de causas penales de menores
Artículo 11 sobre Menores Al aplicar sanciones a delincuentes juveniles, se debe considerar plenamente si favorecen la educación y corrección de los delincuentes juveniles.
La sentencia de los menores delincuentes se ajustará a lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley Penal y deberá considerar plenamente la motivación y finalidad de la conducta delictiva del menor, su edad al momento del delito, si es un primer delincuente y si se ha arrepentido después de cometer el delito. Desempeño, experiencia de crecimiento personal, desempeño constante y otros factores. Los menores delincuentes que reúnan las condiciones aplicables para control, libertad condicional, multa única o exención de pena penal, estarán sujetos a control, libertad condicional, multa única o exención de pena penal de conformidad con la ley.
Artículo 16 Si un menor infractor cumple lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 72 de la Ley Penal, podrá ser suspendido. Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, y la aplicación de la libertad condicional a la persona ya no perjudica a la sociedad, se anunciará sentencia suspendida:
Primera infracción;
( 2) Devolver activamente los bienes robados o compensar económicamente a la víctima la Pérdida;
(3) Tener las condiciones para la tutela y asistencia.
Artículo 17 Los menores delincuentes podrán ser condenados a prisión penal o pena de prisión de duración determinada no superior a tres años, según las circunstancias de sus delitos. Estarán exentos de pena penal de conformidad con el artículo 37 de la Ley Penal quienes hayan demostrado buen arrepentimiento y concurran alguna de las siguientes circunstancias:
(1) Los sordos, mudos o ciegos;
(1) Los que sean sordos, mudos o ciegos; p>
(2) Defensa excesiva o evitación de riesgos;
(3) Preparación, suspensión o tentativa del delito;
(4) * * *Cómplices del mismo delito o aquellos bajo coacción Cómplices;
(5) Aquellos que se entregan después de cometer un delito o han realizado servicios meritorios;
(6) Otros delitos son menores y no requieren pena .
El artículo 266 de la "Ley de Procedimiento Penal" implementa la política de educar, reformar y rescatar a los menores que hayan cometido delitos, y se adhiere al principio de dar prioridad a la educación y complementar la pena.
Al tramitar casos penales de menores, los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública deben garantizar que los menores puedan ejercer sus derechos procesales y obtener asistencia jurídica, y recurrir a jueces, fiscales e investigadores que estén familiarizados con el Características físicas y psíquicas de los menores de edad.
El artículo 269 restringe estrictamente la aplicación de medidas de arresto a menores sospechosos y acusados de delitos. Cuando la Fiscalía Popular revisa y aprueba un arresto o el Tribunal Popular decide arrestarlo, interrogará al menor sospechoso o acusado de un delito y escuchará las opiniones del abogado defensor.
Los menores y adultos detenidos, arrestados o castigados deben ser detenidos, gestionados y educados por separado.
Artículo 271: El menor de edad sospechoso de cometer un delito previsto en los Capítulos 4, 5 y 6 de la Ley Penal podrá ser condenado a pena privativa de libertad no mayor a un año y reúna las condiciones para procesamiento, pero hay Si se demuestra arrepentimiento, la Fiscalía Popular puede tomar una decisión condicional de no procesar. La Fiscalía Popular escuchará las opiniones de los órganos de seguridad pública y de la víctima antes de tomar una decisión condicional de no procesar.
Las disposiciones de los artículos 175 y 176 de esta Ley se aplicarán a la decisión de no procesamiento condicional dictada por el órgano de seguridad pública solicitando la reconsideración o revisión de la denuncia de la víctima.
Si un menor sospechoso de un delito y su representante legal tienen objeciones a la decisión condicional de la Fiscalía Popular de no procesar, la Fiscalía Popular tomará la decisión de procesar.
Artículo 275: A quien tuviera menos de 18 años al momento de cometer un delito y fuere condenado a pena privativa de libertad no mayor de cinco años, se le sellarán sus antecedentes penales.
Los antecedentes penales que hayan sido sellados no se proporcionarán a ninguna unidad o individuo, excepto para las necesidades de los órganos judiciales para el manejo de casos o para investigaciones por parte de las unidades pertinentes de acuerdo con las regulaciones nacionales. Las unidades que realicen investigaciones conforme a la ley mantendrán confidenciales los antecedentes penales sellados.