¿El segundo garante tiene la misma responsabilidad que el primer garante?
La garantía se refiere al acuerdo entre el fiador y el acreedor de que cuando el deudor incumple la deuda, el fiador cumplirá la deuda o asumirá la responsabilidad según lo acordado. hace una garantía, se basa en crédito personal Proporcionar una garantía para el deudor una garantía se refiere a un acuerdo entre el deudor o un tercero y el acreedor para utilizar cierta propiedad como garantía Cuando el deudor no cumple con la deuda, el acreedor tiene derecho a recibir pago prioritario del precio del inmueble o del precio del remate o venta del inmueble, es decir, la garantía es una fijación fundada. Sin embargo, los garantes también incluyen: deudores hipotecarios, titulares de gravámenes, pagadores de depósitos y avalistas, por lo que los avalistas también incluyen a los avalistas.
Objetividad jurídica:
El artículo 394 del Código Civil establece garantía para el cumplimiento de las deudas. Si el deudor o un tercero hipoteca el inmueble al acreedor sin transferirle la posesión del inmueble, el acreedor tendrá derecho a recibir prioridad en el pago del inmueble si el deudor no paga las deudas vencidas o no realiza los derechos hipotecarios de conformidad con el acuerdo de las partes. El deudor o tercero señalado en el párrafo anterior es el deudor hipotecario, el acreedor es el acreedor hipotecario y el bien que da garantía es el inmueble hipotecado.